La libertad individual lo da todo. Benjamin Constant (1767-1830) compara la libertad de los antiguos con la de los nuevos, la democrática con la constantiniana. Se enfrenta al concepto de libertad de Rousseau. En la antigüedad todos participaban, la comunidad tenía preeminencia de la comunidad frente a los individuos.
El mundo moderno de Constant entiende otra libertad: independencia e individualismo, lo particular, el poder mínimo, que el poder público sea lo más reducido posible a favor de la esfera privada. Sólo así se puede alcanzar la libertad y la felicidad y eso redunda en la felicidad general.
El poder reside en la nación en su conjunto, es indivisible. Ni soberanía nacional ni soberanía delegada, porque ésta puede ser absoluta. Debe ser por tanto, limitada. A Constant le da igual quién gobierne, lo importante es el grado, no su portador.
Constant recurre a dividir el poder en el régimen de monarquía constitucional con el poder neutral. Este poder neutral de la corona es separar el ejecutivo entre el poder real y el poder gubernativo. Para definir su carácter, distingue la auctoritas de la potestas. El poder real es la auctoritas, un poder real sin poder efectivo, exento de responsabilidad. Debe preservar lo existente, no crear. La corona es inviolable e insustituible, el símbolo de continuidad del Estado. La corona nombra al Gobierno y disuelve la cámara baja.
El Gobierno debe poseer tanto la confianza real como la parlamentaria. A medida que divide el poder lo reduce. Constant defiende la división del parlamento en dos cámaras, donde están la mayoría gubernamental y la oposición. Una es la cámara representativa, donde se representan los intereses nacionales y donde deben participar los que tienen buena ilustración y tener interés en la cosa pública, tener tiempo libre y por tanto propiedad.
El derecho de participación es una función, de ahí que sea un sufragio censitario. En esto, los progresistas querían un cuerpo electoral más amplio, con todas o casi todas las capas de la burguesía, frente a la propuesta conservadora, de ceñirlo a la alta burguesía.
Benjamin Constant plantea la carrera judicial para los funcionarios del poder judicial y el juicio por jurados para los delitos de opinión. Constant se opone a la centralización del Estado liberal. Las cuestiones generales deben ser del poder central, las especiales y específicas por los poderes locales. Así, defiende algo distinto al centralismo francés y apoya la existencia de la diferencia y del pluralismo.
El Estado debe garantizar las esferas de los derechos, que según la libertad moderna son cinco: libertad de movimientos, libertad religiosa, libertad de opinión, seguridad jurídica frente a la arbitrariedad y propiedad privada.
Constant no considera a la propiedad como anterior a la sociedad. La propiedad es artificial, una convención social, pero no implica que sea menos sagrada que el resto, porque está vinculada a la vida y a la libertad, y por ello puede tener, no obstante, las mismas limitaciones que el resto, para garantizar la convivencia social.
Constant abre el camino a la democracia, con los caminos de independencia de los poderes, moderación de la corona, descentralización del Estado, necesidad de una oposición leal…
Bueno, bueno... que popurrí el señor ese... y que conclusiones :)
ResponderEliminarPor cierto, no me limite el régimen de libertades, no me la limite que lo único que poseo es la libertad. ¡Fíjese que desgraciado! :)