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viernes, 13 de marzo de 2009

La cámara de los fascios


La nueva gracia de Berlusconi es querer reformar los reglamentos de las cámaras del Parlamento italiano para permitir que los jefes de los grupos políticos voten por todos los diputados de su mismo partido. Esto, si fuera en el Club de la Comedia, podría darle algún aplauso. En la realidad, le han llovido críticas hasta de su mismo partido.

Pero no deja de ser algo sintomático, una evolución temida en esta degradación del sistema parlamentario, en el cual los partidos políticos acaban sustituyendo ejecutivo y legislativo, y en ocasiones el judicial, por las decisiones unilaterales de sus cúpulas dirigentes, sin posibilidad de control.

Si al final resulta que ejecutivo, legislativo y judicial acaban siendo responsables ante el partido, y la ciudadanía se la reduce a emitir un voto bajo la consigna de “los otros son peores”, ¿dónde queda garantizada la soberanía nacional, que reside en el pueblo?

Montesquieu ya señalaba que todo régimen político posee una tendencia autodestructiva, algo que también puede verse como permanente evolución. En realidad, la flexibilidad necesaria en toda estructura constitucional permite el desarrollo de prácticas políticas perniciosas y, posiblemente inevitables. Según el organigrama constitucional, el poder legislativo controla la acción de gobierno del ejecutivo. En la realidad, a esto se le añade que el ejecutivo está formado por el líder o líderes del partido o coalición gobernante, y estos partidos controlan a la mayoría parlamentaria con un argumento muy fuerte: el que se mueve no sale en la foto, como dijo acertadamente Alfonso Guerra en su día. El que se sale de la regla no repite en las listas.

Entonces, el siguiente paso es el berlusconismo, y sus ocurrencias. Con todo lo anterior expuesto, ¿no es lógico que lo siguiente sea pedir el voto en bloque, decidido por el jefe parlamentario? No sé por qué vendrá a mi recuerdo los Estados Generales del reino de Francia, donde el voto era por estamento y no por cabeza. ¡La reclamación del Tercer Estado, un hombre, un voto, se ve así rota!

Los diputados, representantes del pueblo en su conjunto, dejan de serlo para convertirse en simples números, simples reglas aritméticas para formar o quitar mayorías. Su otro extremo, siendo la Italia democristiana el mayor ejemplo, es el excesivo personalismo, que conlleva a la inestabilidad, el fraccionalismo exponencial y al trapicheo, siendo su máxima degeneración Tangentopolis. Ambos extremos, degeneraciones del parlamentarismo, se alejan de la ciudadanía, a la que se le otorga el "poder" de ratificar, cual plebiscito, las prácticas políticas.

No queda espacio para la reflexión, para los estadistas, el buen juicio o algún mínimo resquicio de virtud. Es, simple y llanamente, pasarse.

Rousseau defendía una ciudadanía cívica para evitar la degradación. Es ese punto el que menos se ha desarrollado en la democracia actual. Irónicamente, la democracia fue posible por la constante presión de los individuos, con masas tras ellos, más cívicos, o civicistas, que nosotros. Es quizá una de las ironías de la democracia, su muerte por éxito. En este caso, por ejemplo, Educación para la Ciudadanía alberga una ligera esperanza de crear ciudadanos cívicos… quizás por eso mismo es tan combatida por algunos sectores. La ciudadanía activa es una cura necesaria a esa degradación del sistema.

lunes, 23 de febrero de 2009

Degeneración: oligarquía y oclocracia (II)


“(…) los más preclaros analistas de la naturaleza humana y de la política han advertido siempre de un permanente peligro para la democracia: el interés de unos pocos en hacerla degenerar hacia la oclocracia.”

Elecciones sin debates, José Juan González Encinar

El problema surge cuando la voluntad general es desvirtuada o ignorada por los representantes elegidos. Los antiguos veían en la democracia el peligro de que ésta se desvirtuase y se convirtiera en la encarnación de los intereses de unos o un gobierno de la muchedumbre. Esto es, la oclocracia. Actualmente, ¿la democracia puede degenerar? Puede hacerlo.

Veamos, hay más peligro de que la democracia degenere en oligarquía que en oclocracia. Incluso éstas mismas las veo muy interrelacionadas. Montesquieu decía que la república se lleva por la virtud; era la virtud la que movía (inicialmente) a los magistrados de las polis griegas y de la res publica romana. Degeneró y pasó lo que todos conocemos: la república romana, aristocrática, degeneró en oligarquía enfrentada a la plebe, luego en la dictadura y en el principado de los césares que, en nombre de la plebe, gobernaban personalmente con un Senado comparsa. Los césares utilizaron a la plebe para perpetuar un sistema dominado por los oligarcas.

Ahora bien, al abolirse el Antiguo Régimen, ¿se quiso ir a un sistema llevado por la virtud? Sí, en cierta medida, inspirados por las ideas de los ilustrados. En la Revolución francesa quisieron gobernar por la virtud cívica, para dar a Francia buenas leyes basadas en la Razón. Su radicalismo tiene un nombre: Robespierre y el Terror. La idea que ha estado, cada día más olvidada, ha sido guiarse por la virtud cívica para que las instituciones del Estado cumplieran su misión, que era garantizar la libertad de los individuos. El republicanismo, que hoy se llamaría republicanismo cívico o el anglicismo "civicismo".

Entonces, tras el período de las revoluciones atlánticas, el Estado burgués se mantenía para proteger los intereses de una oligarquía, restringidos los derechos de participación. Esto es, las voluntades particulares dominan sobre la voluntad general. Conforme la presión de la clase obrera se fue haciendo más intensa, el Estado amplió la participación a las capas humildes: se llegó a la democracia, todo el mundo pudo participar. Técnicamente es así pero, ¿realmente es el gobierno del pueblo? ¿No será el mantenimiento de la oligarquía bendecido por los ciudadanos? Entonces, ¿quién detenta la soberanía, los portadores de iure o los representantes de facto? ¿Los menos gobiernan sobre los más, a costa de engañarlos y manipularlos, en una fusión de oligarquía y oclocracia? ¿Es esto la gran mentira?

(Capítulo anterior: Vox populi vox Dei (I))

lunes, 2 de febrero de 2009

Liberalismo progresista y los doctrinarios liberales


El pragmatismo liberal-progresista se asienta en que son políticos, como los doctrinarios franceses. Se preocupan poco de profundizar en las ideas, sino más bien en obtener logros.


Quieren legitimar los aspectos liberales de la Revolución, como el régimen representativo, la propiedad privada burguesa, la igualdad jurídica, frente al retorno absolutista y a los radicales rousseaunianos. Apuestan por dotar de más poder a la monarquía y a la nobleza, la monarquía constitucional.


La corriente doctrinaria nació con la Restauración de 1815, y tuvieron su máximo apogeo en la Monarquía de Julio, de Luis Felipe de Orleáns. Es el movimiento político del justo medio, para defender los intereses de la burguesía conservadora. Se caracterizan por no tener doctrina ni principios, sino por ser prácticos. Sus grandes figuras serán Collard (1763-1845) y Guizot (1787-1874). Sus intervenciones tienen un tono elevado, son alumnos de la doctrina cristiana. Buscan un equilibrio entre el individualismo puro y el corporativismo.


Eso se consigue con la libertad de los individuos y el equilibrio de las libertades, las antiguas y las modernas. Para ellos, las libertades antiguas son derechos de estamentos, particulares y municipales que redundan en beneficio de la sociedad porque frenan el poder absoluto, como los cuerpos intermedios de Montesquieu.


Las libertades modernas exigen derechos generales, entregadas al uso de quienes sepan usarlas. Deben desarrollarse en ámbitos acotados y ordenados, con control, de libertad. Dando sentido a las libertades, para ellos hay un elemento normativo, una doctrina de la Razón.


Guizot habla de moral, verdad, Razón, de cada individuo, que hace que su libertad no se corrompa sino que tenga sentido. Es una conciencia o imperativo categórico, una ley social que articule la sociedad, la soberanía de la Razón, que no es ni monárquica ni nacional, que son su usurpación por la fuerza. En la Razón está el soberano legítimo y nunca puede ser encarnada en una institución humana.


Como esta soberanía no se encarna hay que fijarse en la soberanía de hecho, en el ejercicio del poder, que tiene dos posibilidades: monárquico o nacional. Estas dos posibilidades han pretendido ser considerados como la soberanía de derecho. Se recurre a Montesquieu, que la soberanía uno solo, sino que el poder sea compuesto, dando lugar a la soberanía compartida entre la corona y el parlamento.


La libertad tiene que partir de derechos generales, pero su ejercicio se reserva a las clases aptas. A lo largo de la historia el poder residió en los monarcas o en la nación, y siempre ha tendido a ser absoluto y a asumir el poder en su totalidad.


Los doctrinarios creen que el poder reside en más de una potestad para que se contrarreste y ninguna se arrogue la soberanía. En la historia han sobresalido la corona y el parlamento, y cada una aporta algo a la razón: la corona la razón histórica y el parlamento la razón actual, objetiva y pública.


¿Cómo se construye la razón del parlamento y la corona? Por medio del régimen representativo. Pero todo el mundo no puede participar en esa razón porque la sociedad es desigual, debe hacer destacar a los capaces, a los propietarios. Los individuos racionales son los que son propietarios, la razón es entonces igual a propiedad.


La sociedad debe proteger a la propiedad y a los aptos porque son la expresión de la capacidad. Estos son derechos abiertos a todos, en potencia, a quien obtenga la propiedad.


Esto necesita del concurso de la corona, como posición superior al parlamento. No conceden al parlamento potestad exclusiva, por eso el monarca elige gobierno y senado y posee del veto absoluto o suspensivo.


El poder moderador de la corona es deudora de Benjamin Constant, el poder neutral, que él teoriza. El rey, en la monarquía constitucional, posee el poder neutral, discrecional, el rey reina y gobierna. Se establece así la doble confianza que debe poseer el gobierno de corona y parlamento para poder gobernar, pero se buscará siempre la confianza del rey. En España esto se ve en las constituciones liberales de 1837, 1845, 1869 y 1876, y en Bélgica, por poner otro ejemplo, en la Constitución de 1831 cuando fue promulgada.

viernes, 5 de diciembre de 2008

El pensamiento político de Montesquieu


Charles Louis de Secondat, Señor de La Brède y Barón de Montesquieu, nació en 1689 en una familia burguesa ennoblecida en La Brède. Desde muy joven se dedicó a la magistratura: en 1714 asumió su judicatura familiar en el Parlamento de Burdeos, presidiéndolo en 1716 y recibió el título de Barón de Montesquieu por herencia de un tío suyo. En la Academia de Burdeos se dedicó a las letras y ciencias, siendo paulatinamente reconocido por todos. En 1721 publicó de forma anónima las “Cartas persas” en Francia, prohibidas por el ministro de Luis XV, cardenal Dubois. En ellas critica a la sociedad de su época, a la monarquía y a los valores franceses. Optando por las letras, vende su puesto en el Parlamento de Burdeos.

Viaja por Alemania, Italia, Austria y Holanda. Al volver, se encierra en su biblioteca y en 1748 publica “El espíritu de las leyes”, imprimiéndose en dos años 22 ediciones. Esta obra sería sumada en 1752 al Índice de libros prohibidos de la Iglesia católica, llegando a ser acusado de ateo y anglicanista. Murió en 1755.

En esta obra parte de que en todos los lugares existe una regularidad. Para empezar, reduce a Dios una causa, sintonizando con el deísmo. Para él, el universo tiene forma perfecta porque existen leyes que permiten que se conserve; así, igual existe en el mundo de los hombres. En la sociedad es complejo descubrir estas leyes, se plantea qué es lo que diferencia el universo de los hombres: su condición de seres inteligentes. Las leyes de los hombres serán leyes positivas para conservar la sociedad.

Estas leyes valen para su grupo humano. De estas leyes señala tres: las que se sirven para regular la conducta entre los Estados (derecho de gentes), las que regulan la relación gobernantes-gobernados (derecho público), y el derecho civil, que regula la relación de ciudadanos entre sí.

Montesquieu desarrolla un cierto iusnaturalismo, un estado de naturaleza anterior al estado de sociedad. Su estado de naturaleza es una mezcla del pensamiento de Locke y Rousseau.

Si bien Locke fijaba en la propiedad la base del cambio de estado, Montesquieu lo ve en la ley: que debe derivar de la ley natural la ley positiva, tiene que buscar un elemento sintetizador.

Montesquieu establece varias formas de gobierno existentes, que desplaza a las formas de gobierno aristotélicas, introduciendo el criterio de sujetos de poder y modo de gobernar. Los sujetos de poder pueden ser uno varios, y el modo monárquico o despótico:

Sujetos de poder:
- Uno: Monarquía, que puede ser legal o despótica
- Varios: República, que puede ser democrática o aristocrática

República:
El poder reside en todo o parte del pueblo, que ejerce el poder soberano y tiene virtud cívica (supedita el interés personal, tiene amor a la patria…). Esto se observa en las antiguas repúblicas como Roma.

La república aristocrática es en la que unos pocos gobiernan, que deben ser, sin embargo, numerosos. Se conduce por la moderación y los intereses de la clase dominante. La república democrática está gobernada por todos, es de conducta radical y basada en los intereses del grueso del pueblo. La república es buena para países pequeños o ciudades-Estado.

Monarquía:
Es buena, a juicio de Montesquieu, en países medianos, como Francia, mientras que la despótica en grandes países, como Rusia, pero esta última es negativa porque su ideología es el mal.

En la monarquía gobierna uno solo con leyes fijas y establecidas, con dos cuerpos intermedios: los parlamentos judiciales y los estamentos privilegiados para evitar un exceso de poder del monarca. Así, los parlamentos son un poder constitucional.

La forma de gobierno monárquico es a través del honor, el prestigio de un estamento, clase o profesión. Montesquieu destaca el poder de la nobleza, que divide en nobleza de toga (los nuevos nobles, como él) y nobleza de espada (la vieja nobleza). En la monarquía prima la desigualdad y la lucha por prevalecer. En esto aparece la influencia de Adam Smith.


La nobleza alcanza su culminación en la forma monárquica, basada en el honor para sobresalir, en una etapa de tránsito de los estamentos al laissez-faire. En el despotismo, uno solo, sin leyes ni frenos, gobierna con su voluntad y capricho, se asienta sobre el temor y en la obediencia sin límites, en situación de permanente inseguridad ante el déspota y el resto de individuos. Montesquieu rechaza los extremos, tanto el despotismo como la república democrática, a favor de formas moderadas, donde la aristocracia juega un papel importante. No resulta extraño sabiendo a qué estamento pertenece el filósofo.

Montesquieu rechaza la monarquía absoluta, porque quien tiene un poder sin límites tiende a abusar del poder siempre. En otras palabras: “el poder absoluto corrompe absolutamente”. No cree en los salvadores de la patria, en personalidades u hombres traídos por la providencia, porque son muestra de ese poder absoluto.

Quiere garantizar la libertad de los pueblos en base a instituciones que estorben el abuso del poder con el modelo de monarquía clásica y con la monarquía inglesa, estableciendo la división de poderes.

¿Qué entiende Montesquieu por libertad? No es poder hacer lo que uno quiera, sino poder hacer lo que debe quererse y no verse obligado a lo que no debe quererse: es poder hacer lo que establezcan las leyes.

Se plantea un problema: quien debe garantizarlo es el poder, pero el poder tiende al abuso, arrastrando a la legalidad y a la libertad. Hay que buscar algo que impida el abuso del poder. Montesquieu lo sitúa en establecer frenos, y que estos se frenen por otros, fragmentando el poder para ganar al despotismo.

Hay que definir las funciones del poder, asumiendo la distinción de Locke, pero concretado con más claridad: cuando se habla de división de poderes se habla de Montesquieu.
- El poder legislativo promulga y deroga leyes.
- El poder judicial castiga delitos y resuelve conflictos entre particulares.
- El poder ejecutivo declara la guerra, la paz, establece embajadas, aplica las leyes y mantiene el orden.

A la hora de aplicarlo complica las cosas. Montesquieu busca un equilibrio constitucional y social, donde hay tres fuerzas, a saber: rey, nobleza y pueblo. Quiere equilibrar estas tres fuerzas. Recupera el ideal de gobierno mixto, repartiendo el poder soberano, se aunan funciones y fuerzas sociales, se divide el poder legislativo y el régimen se configura como colaboración de los poderes entre sí.

El poder judicial se pronuncia sobre la ley sin interpretarla, es un poder nulo, en la línea de Locke. Los otros dos poderes sí entran en liza. El poder legislativo sigue el modelo bicameral británico, con una cámara de nobleza hereditaria y otra cámara elegida por propietarios. El poder ejecutivo reside en el monarca, que elige y separa a los ministros, y éstos cuentan con responsabilidad ante el parlamento. Este poder carece de iniciativa legislativa aunque tiene poder de veto para impedir las leyes, porque no está obligado a cumplir la ley que no comparte. El monarca tiene la facultad de disolver la cámara baja y convocar elecciones para que el ejecutivo pueda actuar. La división de poderes no se hace tan destacada.

Bobbio hace un análisis muy acertado, detrás de esto se intuye algo: Montesquieu ve abuso de poder en el rey y en el pueblo, de ahí el rechazo al despotismo y a la república democrática. Nunca en la nobleza, por eso establece la cámara alta de los nobles. El liberalismo doctrinario del siglo XIX recogerá este predominio del ejecutivo y el poder legislativo bicameral, como quería Montesquieu.
"Instrúyanse, porque necesitaremos toda vuestra inteligencia. Conmuévanse, porque necesitaremos todo vuestro entusiasmo. Organí­cense, porque necesitaremos toda vuestra fuerza".

Antonio Gramsci, Fundador del Partido Comunista Italiano

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